miércoles, 12 de mayo de 2010

-Parlamentos

Sistema de Parlamentos: Considerando el fracaso de la guerra defensiva, Felipe IV resolvió darle término, mandando se atacase a los mapuches y se redujese a los prisioneros a la esclavitud.

La guerra continuó con las más variadas alternativas. Los levantamientos fueron generalmente encabezados por el toqui Lientur y por le mestizo Alejo. Hubo grandes combates como el de las Cangrejeras en 1929 y Albarrada, en 1633.

Más tarde el Gobernador, Francisco López de Zúñiga, marqués de Baides, era partidiario de buscar un entendimiento con los araucanos; para lo cual contó con la ayuda de los jesuitas. Impulsado por la idea, celebró en el año 1640 una gran reunión o parlamento con los principales jefes mapuches, a orillas del río Quillín. Los españoles reconocieron la libertad de los araucanos en sus territorios y estos permitieron el ingreso a la Araucanía de sacerdotes misioneros.

Nuevos parlamentos se llevaron a cabo durante el siglo XVII y XVIII, pero la belicosidad de los araucanos y los intereses de los españoles no permitieron la paz. Se siguieron repitiendo los levantamientos generales que invariablemente terminaban en reuniones donde se prometía la paz. Los parlamentos más importantes realizados en el siglo XVIII fueron los de Negrete y de las Canoas en la época colonial y varios realizados durante el período republicano.

El Parlamento de Las Canoas fue una junta diplómática de la que emanó un tratado de paz entre las autoridades coloniales españolas de la Gobernación de Chile y los principales líderes del pueblo huilliche, de la etnia mapuche, de la zona que actualmente corresponde a la provincia de Osorno. La reunión se llevó a afecto el 8 de septiembre de 1793 a las orillas del río de Las Canoas (actualmente llamado río Rahue), en el valle e inmediaciones de los restos de la antigua ciudad de Osorno; antes de ser refundada.

En el Tratado de Paz de las Canoas se adoptaron, fundamentalmente, los siguientes acuerdos entre el Futahuillimapu y la autoridades españolas:

1. Cesión del espacio territorial comprendido desde la confluencia de los ríos Rahue (llamado entonces de Las Canoas) y río Damas hasta la cordillera andina para la refundación de Osorno y el asentamiento de colonos españoles.

2. Sujeción política y judicial de los cacicatos mapuche-williche a la autoridad colonial española y colaboración armada ante cualquier amenaza de los enemigos de la corona y en requerimientos de necesidades de subsistencia de los militares y colonos españoles destinados.

3. Integración como fieles católicos mediante la aceptación del establecimiento de misiones, obediencia a los misioneros y cumplimiento de los sacramentos de bautismo y matrimonio, así como de la instrucción cristiana.

En el régimen colonial español, los cacicatos huilliche fueron incorporados a la sujeción de la corona española, manteniendo la estructura tradicional del cacicato, a través del cual las autoridades coloniales ejercerían la dominación política. Se trata de un régimen corporativo en cuanto mantiene los cacicatos huilliche como medios para el ejercicio de la subordinación colonial y la protección jurídica que limitase los abusos de los hispanocriollos. Precisamente, una característica fundamental de esta relación soberana feudal consistió en que las autoridades coloniales, considerándolos vasallos, mantuvieron el derecho de los cacicatos huilliche a gobernarse autónomamente. Los cacicatos huilliche durante estos años finales de la colonia fueron entendidos como una estructura de gobierno y representación huilliche, subordinada políticamente a la soberanía de la administración colonial española, con facultades políticas para resolver diversos asuntos internos y de relación política con las autoridades coloniales locales, como la compraventa de tierras, la administración de justicia, la integración en la vida religiosa católica, etc.

Este tratado constituye hasta ahora, un hito histórico para las comunidades de todo el Butahuillimapu, en tanto representa el acuerdo entre dos autoridades legítimamente constituidas que establecieron una forma de relación basada en un tratado. Por esta razón las comunidades siguen recordándolo cada año y reclaman aún su vigencia.

Parlamento de Negrete:
Parlamento de Negrete (1793); junta diplómática de la que emanó un tratado entre las autoridades coloniales españolas de Chile y los principales líderes del pueblo mapuches. La reunión se llevó a afecto del 4 al 7 de marzo de 1793, al borde del Río Biobío, en el vado fronterizo de Negrete, por iniciativa del capitán general y presidente de la Real Audiencia de Chile, entonces llamado Ambrosio Higgins, Es considerado habitualmente como el más suntuoso, caro y solemne parlamento diplomático realizado en la frontera chilena del Imperio español.
Igualmente que en otros parlamentos, los españoles tradujeron los acuerdos de las jornadas de discursos en un tratado escrito, que ocupa la mayor parte de sus puntos en ratificar acuerdos anteriores de convivencia entre ambos bandos. Tal como sucede con los documentos de anteriores reuniones, podría incluso dudarse de que los mapuches hubiesen participado en la redacción del tratado y considerarse este texto escrito como un testimonio unilateral y no como un acto íntegramente común. Aun así, las actas y tratados españoles son las únicas fuentes disponibles en estos casos.

Este tratado constituye hasta ahora, un hito histórico para las comunidades de todo el Butahuillimapu, en tanto representa el acuerdo entre dos autoridades legítimamente constituidas que establecieron una forma de relación basada en un tratado. Por esta razón las comunidades siguen recordándolo cada año y reclaman aún su vigencia.

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